Becas para actividades formativas
CRITERIOS DE CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN PARA COLEGIADOS/DESDE MENORCA, IBIZA Y FORMENTERA
PRIMERO
Objetivo: la finalidad es facilitar el acceso a la formación que imparte el COPIB en Mallorca de manera presencial, a los/las colegiados/das de Menorca, Ibiza y Formentera. Aquellas actividades formativas que sean gratuitas estarán excluidas de la concesión de becas.
SEGUNDO
Destinatarios: colegiados/as de las islas de Menorca, Ibiza y Formentera que estén al corriente de los pagos de las cuotas colegiales y que tengan su actividad laboral o profesional en dichas islas.
TERCERO
Número de becas: se concederá una beca por cada actividad formativa.
CUARTO
La beca, que incluirá alojamiento y desplazamiento (avión y, en su caso, barco) se concederá por las actividades formativas que se realicen en un fin de semana y con una duración mínima de ocho horas. En caso de que un curso tenga una duración mayor a un fin de semana, tan sólo se becará el primer fin de semana.
QUINTO
- El/la colegiado/a deberá enviar al COPIB una solicitud exponiendo los motivos por los que tiene interés en realizar la actividad formativa, así como un currículum
- No se podrá solicitar beca sin la inscripción previa al curso y el correspondiente abono de reserva
- La solicitud de la beca deberá presentarse como máximo una semana antes de la primera fecha que se establezca de fin de inscripción de la actividad formativa
- Cualquier beca que se solicite posterior a esta fecha incluso cuando exista una ampliación de fecha posterior será desestimada
SEXTO
Selección: en caso de que haya más de una demanda se priorizará, a la hora de realizar la selección por parte de la Comisión, formada por el Decano, la secretaria y el tesorero, la afinidad de la actividad formativa con el puesto de trabajo que ocupa el/la colegiado/a y su formación. Con la finalidad de que puedan participar un número elevado de colegiados/as, se concederá sólo una beca anual por colegiado/a.
SEPTIMO
El COPIB se hará cargo del desplazamiento, así como de una noche de alojamiento. Las dietas de manutención y los desplazamientos del lugar de residencia al aeropuerto y del aeropuerto al hotel, y viceversa, correrán a cargo del/de la colegiado/da becado/a.
OCTAVO
En caso de que una vez concedida la beca y gestionado el desplazamiento y el alojamiento por parte del COPIB, el colegiado/a no pudiera desplazarse, los gastos ocasionados irán a cargo de éste/a, excepto por causas de fuerza mayor (defunción familiar o ingreso hospitalario de la persona colegiada o de un familiar en 1er grado). El cual deberá acreditarse documentalmente
Aprobado en Junta Permanente del COPIB de día 8 de mayo de 2023