Especialidad en Psicología Clínica y PIR

¿Qué es la especialidad en Psicología Clínica?

La Psicología Clínica es la especialidad sanitaria de la Psicología que se ocupa de los procesos y fenómenos psicológicos y relacionales implicados en los procesos de salud-enfermedad de los seres humanos, y cuyo desempeño profesional en España recae en la figura del Psicólogo Especialista en la Psicología Clínica (PEPC).

Según la legislación vigente (Real Decreto 2490/1998, de 20 de noviembre y Orden SAS/1620/2009, de 2 de junio), el PEPC es el único profesional sanitario de la Psicología que es competente para asumir y desempeñar las funciones de promoción, prevención, evaluación, diagnóstico y tratamiento de cualquier problemática o trastorno de salud mental en el ámbito clínico-asistencial, desarrollando sus actividades en entornos sanitarios y sociosanitarios públicos y privados, y en todas las etapas o fases del ciclo vital.

Además, el PEPC tiene la categoría A1 de Licenciados/as Sanitarios/as, por lo que se considera Facultativo Especialista de Área (FEA), Facultativo Especialista (FE) y Licenciado Especialista (LE) según el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, estando equiparado en funciones y remuneración a otros Licenciados/as Sanitarios/as especialistas (médicos/as, farmacéuticos/as, etc.).

Actualmente la única vía de obtención del título de PEPC es la Formación Sanitaria Especializada (Real Decreto 2490/1998, Orden Ministerial 2002 y Real Decreto 654/2005).

¿Cómo se accede a la formación?

El requisito básico para el acceso a la Formación Sanitaria Especializada es estar en posesión del Grado o Licenciatura en Psicología. Una vez terminada la carrera universitaria es necesario realizar una prueba de acceso a nivel nacional y obtener una plaza para cursar una formación reglada y remunerada de 4 años en el Sistema Nacional de Salud. A los especialistas que cursan dicha formación se les llama PIR: Psicólogo/a Interno/a Residente.

Para esto, el Ministerio de Sanidad convoca anualmente (habitualmente en septiembre) una prueba de acceso que suele realizarse en el primer trimestre del año siguiente. El formato de la prueba de acceso ha ido variando durante los años, actualmente consiste en un examen tipo test de 200 preguntas (más 10 de reserva) con 4 opciones de respuesta, y tiene una duración de 4 horas y media. Se trata de una prueba selectiva altamente competitiva debido a la ratio entre las plazas ofertadas y el número de opositores. Habitualmente los estudiantes recurren a una academia para la preparación del examen (para más información véanse los enlaces de interés al final del texto).

Para obtener la calificación final se tienen en cuenta el resultado del examen (90%) y la media de las calificaciones del grado universitario (10%). Las plazas ofertadas para la última convocatoria (2022-2023) son 231, de las cuales 6 se ofertan en las Islas Baleares y se distribuyen entre el Hospital Universitario Son Espases (3 plazas), el Hospital Universitario Son Llàtzer (2 plazas) y el Hospital Comarcal de Inca (1 plaza).

¿En qué consiste la formación?

Se trata de una formación reglada de 4 años de duración, durante los cuales el/la residente realiza funciones propias de la especialidad bajo supervisión de los profesionales especialistas y con un nivel de responsabilidad creciente a lo largo del proceso formativo. Las unidades y programas donde el residente realiza sus funciones están contemplados en el programa formativo de la especialidad reflejado en el BOE, sin embargo, este programa puede tener características particulares dependiendo del hospital y de la comunidad autónoma. Existe también la posibilidad de realizar alguna de las rotaciones del programa formativo fuera de la unidad docente a la que pertenece la plaza, tanto dentro de España como en cualquier país extranjero, lo cual permite al/la residente formarse en algún campo específico que sea de su interés.

Algunas de las principales unidades o dispositivos por donde el/la residente realiza su formación son: Unidad de Salud Mental de Adultos, Unidad de Salud Mental Infanto-Adolescente, Hospital de Día; Unidad de Hospitalización Breve, Programa de Interconsulta y Enlace, Unidad Comunitaria de Rehabilitación, Unidad de conductas Adictivas, Programa de Atención Especializada a los Trastornos de la Conducta Alimentaria, etc.

Además del trabajo asistencial existen programas de Formación Teórica (que varían en función de la plaza) que deben constituir entre el 15% y 20% del tiempo total del programa formativo, y que suelen consistir en sesiones clínicas y bibliográficas, talleres y clases.

El programa formativo también permite continuar la formación universitaria de posgrado, ya que al haber superado al menos dos años de la formación PIR se puede acceder a un programa de doctorado (Real Decreto Real Decreto 99/2011, de 28 de enero).

Los 4 años de formación como PIR son remunerados con 14 pagas anuales, variando la cuantía en función de la comunidad autónoma y de si se realizan horas de Atención Continuada (horas extra donde el residente participa en distintos programas asistenciales).

¿En qué se diferencia el Máster en Psicología General Sanitaria (MPGS) de esta formación?

El MPGS se trata de una formación vía máster, por lo que la vía de acceso depende de las universidades y es necesario pagar para realizarla. La duración es de 1 año y medio a 2 años, con una carga teórica de unos 48 créditos ECTS, una carga práctica de unos 30 créditos ECTS, y un Trabajo de Fin de Máster con carga de 12 créditos ECTS. Esta formación permite obtener el título de Psicólogo/a General Sanitario/a (PGS).

Respecto a los contextos de intervención, los PGS no podrán llevar a cabo su actividad profesional en centros, establecimientos y servicios del Sistema Nacional de Salud o concertados con él (Disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública), a diferencia de los PEPC.

Hablamos por tanto de una formación habilitante con predominio de la carga teórica, de carácter generalista, que otorga una titulación sanitaria pero no aporta las competencias asociadas a una especialidad regulada de la psicología, tal y como se detalla en la Ley General de Salud Pública (Ley 33/2011, del 4 de Octubre): Disposición adicional séptima. Regulación de la psicología en el ámbito sanitario.

“De conformidad con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, corresponde al Psicólogo General Sanitario, la realización de investigaciones, evaluaciones e intervenciones psicológicas sobre aquellos aspectos del comportamiento y la actividad de las personas que influyen en la promoción y mejora del estado general de su salud, siempre que dichas actividades no requieran una atención especializada por parte de otros profesionales sanitarios.”

¿Qué salidas profesionales tiene?

Tras obtener el título de PEPC, uno/a puede ocupar puestos de trabajo en establecimientos o instituciones públicas y/o privadas con tal denominación, así como ejercer por cuenta propia en el ámbito privado.

Actualmente, la oferta de empleo para PEPC es elevada, encontrando una tasa de desempleo muy baja tanto a nivel autonómico como a nivel nacional.

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