Representantes de los distintos COP’s asistieron el pasado 27 de febrero a la reunión del Área del Ejercicio Privado de la Psicología e Intrusismo del Consejo General de la Psicología de España, para analizar cuestiones relativas a la formación a terceros, los límites entre las terapias del bienestar y el Intrusismo profesional y los límites de actuación en las denuncias sobre intrusismo, entre otros temas fundamentales. Por parte del COPIB, al encuentro que tuvo lugar a través de la plataforma zoom, acudió el vocal de Psicología Clínica y responsable del área, Antonio Riera.
Sobre la formación a terceros, se constató la confusión que existe con respecto a las competencias de ciertos profesionales, ajenos a la profesión, que pueden acceder a ciertas formaciones impartidas por profesionales de la Piscología, tanto desde los propios colegios oficiales como desde otros organismos, como universidades o centros de formación privados.
En este sentido, se destaca la importancia de delimitar el alcance de las competencias adquiridas en la formación a terceros. Si bien recibir este tipo de formaciones pueden ofrecer una mejora de la competencia personal y profesional para una mejor actuación, no resultan habilitantes para el ejercicio de la Psicología y no debe permitirse que estas personas asuman competencias que no les competen. La psicología es una profesión que conecta y complementa a otras muchas. Si embargo, que otras profesiones requieran de una formación en psicología no les convierte en psicólogos y psicólogas. Se reconoce la presencia de regulaciones que admiten otras figuras profesionales en determinadas áreas como la mediación o la coordinación de parentalidad. Se presenta un documento de nombre: Directrices sobre la Formación dirigida a Terceros.
En relación a los límites entre las terapias del bienestar y el intrusismo profesional, si bien el intrusismo se halla contemplado en el artículo 403 del Código Penal lo cierto es que la Ley de publicidad sanitaria no recoge un reglamento que proteja la publicidad de los sanitarios frente a los no sanitarios. Solo pueden considerarse objeto de intervención por parte de las administraciones, publicidades de personas sin las competencias adecuadas que ofrezcan tratamientos que son específicos de nuestra profesión o que sólo los sanitarios pueden realizar, dado que el marco legal requiere de un título especializado para ello, con el consiguiente perjuicio para la salud psicológica de las personas.
Existen múltiples ofertas que guardan relación con las terapias del bienestar, en las que no aparecen como sanitarios ni se presentan con denominaciones en los tratamientos que estén en nuestras clasificaciones diagnósticas, en estos casos no se puede llevar a cabo denuncia alguna.
Los asistentes a la reunión coincidieron en la necesidad de educar a la población acerca de la figura del profesional de la Psicología, como máximo garante de la calidad en todos los ámbitos de su trabajo profesional. Precisamente, con el objetivo de promocionar a los psicólogos y psicólogas existen diversas propuestas de campañas publicitarias en redes sociales, e incluso en televisión, para desarrollar a lo largo del próximo año.
Los coordinadores del Área solicitaron que los diferentes colegios oficiales planteen propuestas para poder avanzar en la línea de la visibilidad. Asimismo, solicitaron poner en conocimiento de las respectivas comisiones deontológicas aquellos casos de psicólogos/as colegiados/as que ejercen determinadas prácticas pseudocientíficas (terapia cuántica, reiki, psicoterapia de los ángeles...). Paralelamente, se insistió en la necesidad de regular efectivamente áreas de intervención que, como la psicoterapia, no tienen un marco legal de actuación.
En cuanto a la práctica privada, desde el área señalaron que en momentos existen negociaciones para crear una comisión dentro de la formación ATA de trabajadores autónomos, que podría aportar diferentes beneficios para los trabajadores por cuenta propia.