El Consejo General de la Psicología informa que, de conformidad con el Reglamento Marco de las Divisiones Profesionales y el Reglamento de Régimen Interno de la División de Psicología de la Intervención Social (PISoc), procede convocar las elecciones de los/as tres vocales de la Junta Directiva de la misma elegidos/as por los miembros de la División y que se regirán por la Normativa Electoral depositada en la página web de la División de PISoc.
De acuerdo con lo establecido en la Normativa Electoral, podrán ser electores/as los/las colegiados/as que pertenezcan a la División como Miembro Ordinario y/o Miembro Titular a fecha de 14 de diciembre de 2019 y estén en pleno uso de sus derechos colegiales. Para ello podrán comprobar su inclusión en el censo a través de un código personal que se les facilitará, a través de un enlace en la página web, específico para este fin.
Serán elegibles todos/as los/as colegiados/as que estén en pleno uso de sus derechos colegiales, lleven adscritos/as a la División un mínimo de doce meses y demuestren una experiencia profesional de 36 meses en cualquiera de las áreas de actividad de la Psicología de idéntico ámbito al de la División de PISoc y hayan presentado su candidatura dentro del plazo establecido en el calendario electoral. En todo caso, deberán estar adscritos/as a la División con fecha 14 de diciembre de 2019.
No podrán ejercer su voto ni ser elegidos/as aquellos/as colegiados/as que entre la fecha de convocatoria y el día de la votación hubiesen cursado su baja en algún Colegio de la Organización Colegial o estén suspendidos/as en el ejercicio de la profesión por sanción disciplinaria (deontológica) firme sin prescribir, ni incapacitados/as o inhabilitados/as legalmente.
Por lo anterior, se ha dispuesto un apartado en la página web del Consejo General de la Psicología, División de PISoc, en el que está depositada la información relativa al proceso electoral que se irá actualizando puntualmente https://www.cop.es/index.php?page=pisoc-electoral2020