Aprovechando la campaña de la Declaración de la Renta 2019, les recordamos que las cuotas colegiales son deducibles según el Artículo 19 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
* Importe a deducir por CUOTAS COLEGIALES durante el año completo 2019 (dos semestres): 204,40.- €.
* Las personas colegiadas durante el año 2019, podrán deducirse la cuota de inscripción y el/los semestre/s correspondiente/s.
* Los/as colegiados/as que presten sus servicios por cuenta ajena el importe de las cuotas colegiales se deduce en el apartado de Retribuciones dinerarias, casilla 0015 Cuotas satisfechas a colegios profesionales.
* Los/as colegiados/as que estén dados de altas en régimen de autónomos, el importe de las cuotas colegiales se deduce en la casilla 0217 Otros gastos deducibles.