Aprovechando la campaña de la Declaración de la Renta 2018, les recordamos que las cuotas colegiales son deducibles según el Artículo 19 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Importe a deducir por CUOTAS COLEGIALES durante el año completo 2018 (dos semestres): 200,40.- €.
- Las personas colegiadas durante el año 2018, podrán deducirse la cuota de inscripción y el/los semestre/s correspondiente/s.
- No es necesario presentar ningún documento acreditativo, simplemente se consignará el importe en la casilla que corresponda.
- Los/as colegiados/as que presten sus servicios por cuenta ajena el importe de las cuotas colegiales se deduce en el apartado de Retribuciones dinerarias, casilla 014 Cuotas satisfechas a colegios profesionales.
- Los/as colegiados/as que estén dados de altas en régimen de autónomos, el importe de las cuotas colegiales se deduce en la casilla 107 Otros gastos deducibles.